El **dominio público** se refiere a las obras creativas que no están protegidas por las leyes de propiedad intelectual, como las de derechos de autor, marcas o patentes. A diferencia de las obras protegidas por derechos de autor, que pertenecen en exclusiva a un creador o a una organización, las obras de dominio público pertenecen al público en general. Cualquier persona puede reproducirlas, adaptarlas, grabarlas o interpretarlas libremente sin pedir autorización previa ni pagar licencias. Ninguna persona ni empresa puede reclamar la propiedad exclusiva del material de dominio público subyacente.

Puedes distribuir tus propias grabaciones de obras de dominio público a través de DistroVibe, siempre que tu lanzamiento cumpla nuestros Términos, nuestra Política de derechos de autor y las políticas de metadatos de las DSP.

*Este artículo es información general, no asesoramiento legal. Los plazos de los derechos de autor varían según el país.*

### Cómo pasan las obras al dominio público

Hay cuatro mecanismos principales por los que las composiciones y obras musicales pasan al dominio público:

1. **Vencimiento de los derechos de autor:** Cuando vence el plazo de protección (por ejemplo, 70 años después de la muerte del compositor o autor en muchos países), la obra subyacente pasa al dominio público.

2. **Falta de renovación de los derechos de autor:** Según la antigua legislación de Estados Unidos, no seguir los procedimientos obligatorios de renovación hacía que ciertas obras pasaran al dominio público.

3. **Cesión voluntaria del creador:** Un autor o titular de derechos puede renunciar deliberadamente a sus derechos y dedicar su obra al dominio público (por ejemplo, mediante renuncias Creative Commons Zero / CC0).

4. **Material no protegible:** Cierto material (por ejemplo, datos en bruto, progresiones de acordes básicas, frases cortas comunes u obras creadas por ciertos organismos públicos) generalmente no está protegido por derechos de autor desde el principio.

### Diferencia clave: composición frente a grabación sonora

Al distribuir música de dominio público, es fundamental distinguir entre la **composición** y la **grabación sonora (máster)**:

* **La composición puede ser de dominio público:** Por ejemplo, las composiciones clásicas de Mozart, Beethoven o Bach son de dominio público. Cualquier persona puede legalmente interpretarlas y grabarlas.

* **La grabación sonora normalmente NO es de dominio público:** Un máster de audio grabado por una orquesta moderna o por otro artista está protegido por sus propios derechos de autor sobre la grabación sonora. No puedes tomar una grabación existente de una sinfonía de Beethoven y distribuirla como tuya. Para distribuir una composición de dominio público a través de DistroVibe, **debes grabar tu propio máster de audio original**.

### Colecciones curadas y recopilaciones

Aunque cualquier persona puede grabar y publicar libremente composiciones de dominio público individuales, ciertas **colecciones, recopilaciones o arreglos** pueden tener su propia protección de derechos de autor.

Por ejemplo, si un arreglista crea una nueva adaptación orquestal o una editorial produce una edición con notación y notas editoriales originales, ese arreglo o esa edición concretos pueden estar protegidos. **Volver a interpretar o regrabar** o adaptar el arreglo moderno de otra persona sin autorización puede constituir una infracción de derechos de autor.

### Limitaciones de las plataformas y de los territorios

Incluso cuando está confirmado que una composición subyacente es de dominio público:

* **Restricciones de las políticas de las DSP:** Algunos proveedores de servicios digitales (como Spotify, Apple Music o YouTube) tienen sus propias reglas para las grabaciones de dominio público, el ruido blanco y las subidas genéricas de música clásica, y pueden restringirlas o rechazarlas a su criterio.

* **Diferencias entre territorios:** Los plazos de los derechos de autor varían entre países (por ejemplo, vida + 70 años frente a vida + 50 años). Una obra que es de dominio público en un país puede seguir protegida en otro, y la disponibilidad puede limitarse en los territorios donde los derechos de autor siguen vigentes.

* **Restricción de Content ID:** Los lanzamientos formados por composiciones de dominio público o interpretaciones clásicas estándar no son elegibles para **YouTube Content ID** ni **Meta Rights Manager**. Desactiva estas opciones en esos lanzamientos para evitar reclamaciones automáticas contra otros músicos que interpretan el mismo repertorio.

### Recursos para verificar el dominio público

Para investigar si una composición concreta ha pasado al dominio público antes de grabarla:

* **Directorio de música de dominio público de PD Info:** [pdinfo.com/public-domain-music-list.php](https://www.pdinfo.com/public-domain-music-list.php)

* **Guía de información sobre derechos de autor y dominio público:** [pdinfo.com/copyright-law/copyright-and-public-domain.php](https://www.pdinfo.com/copyright-law/copyright-and-public-domain.php)
